El día de hoy, miércoles 12 de mayo de 2021, fue publicada en el diario oficial la ley Nº21.341, que establece los próximos días 15 y 16 de mayo de 2021, como feriados irrenunciables para todos los trabajadores del comercio; lo anterior con la finalidad de incentivar a la mayor parte de la población a que participe en las próximas elecciones populares que se desarrollaran en dichas fechas.
La norma no estuvo ajena de polémica y fue fuertemente criticada por los gremios del comercio, bajo el argumento de que se generará un perjuicio económico por la pérdidas de ventas, en un sector que ya se encuentra alicaído producto de las diversas restricciones que se han debido establecer, en el contexto de la actual pandemia sanitaria que afecta al mundo entero.
No obstante lo anterior, contempla excepciones para los dependientes de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que se encuentren de turno.
El artículo único de la ley es el siguiente:
“Artículo único. Declárase feriado obligatorio e irrenunciable para todos los dependientes del comercio los días 15 y 16 de mayo de 2021, con excepción de los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Las sanciones establecidas en el inciso tercero del artículo 2º de la ley Nº 19.973 serán aplicables a quienes infrinjan lo establecido en este artículo.”.